La consolidación del principio de desarrollo sostenible en el Derecho Internacional Público y en el Derecho de la Unión Europea
Keywords:
desarrollo sostenible, principio general, Derecho Internacional, Derecho EuropeoAbstract
el principio de desarrollo sostenible ha ido ganando protagonismo en el Derecho internacional público durante las últimas décadas y, si bien en un inicio se encuadraba únicamente en el ámbito del derecho ambiental, hoy en día puede considerarse como un principio consolidado (ius cogens existente), inspirador o rector del Derecho internacional Público. El objetivo del presente trabajo será analizar la incorporación, evolución y aplicación de dicho principio en el Derecho Internacional Público y en el Derecho de la Unión Europea destacando, así, el rol del desarrollo sostenible en los ordenamientos internacional y regional, determinándose así su naturaleza de principio general del derecho ambiental y su influencia sobre distintos sistemas jurídicos. Se concluye que el desarrollo sostenible puede ser considerado como principio rector que conducirá al más alto nivel de protección ambiental.
References
ARELLANO GARCÍA, Carlos. Primer Curso de Derecho Internacional Público. 2ª. edición, México: Editorial Porrúa, 1993, p. 195.
BELLVER CAPELLA, V. El futuro del derecho al medio ambiente. Humana Iura, núm. 6, 1996, pág. 37, disponible en http://dialnet.unirioja.es/servlet/listaarticulos?tipo_busqueda=ANUALIDAD&revista_busqueda=7113&clave_busqueda=1996, acceso en 26 de octubre de 2011
Comisión de las Comunidades Europeas, Bruselas, 24 de noviembre de 1999. COM (1999) 543 final, disponible en
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:1999:0625:FIN:ES:PDF, acceso en 24 de octubre de 2011.
Comisión Europea. Hacia un desarrollo sostenible. Informe de aplicación y plan de actuación de la Comisión Europea sobre el quinto programa de política y actuación en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible, DG IX, Luxemburgo, 1997, p. 8-9.
DARÍO BERGEL, Salvador. Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente. Derecho Ambiental, Revista del Derecho Industrial, año 14, mayo-agosto de 1992, núm. 41, 1992, p. 365.
Decisión 4666/2002/CE del Parlamento Europeo de 1 de marzo de 2002, DOCE L 75 de 16.3.2002.
Decisión n° 2179/98/CC del Parlamento Europea y del Consejo, de 24 de septiembre de 1998.
Decisión n°1600/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2002, por la que se establece el VI Programa de acción comunitario en materia de medio ambiente. DO n° L 242 de 10/09/2002.
Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible de 2002, punto n°29, disponible en: http://www.cinu.org.mx/eventos/conferencias/johannesburgo/wssd.htm, acceso en 24 de octubre de 2017.
Declaración del Milenio aprobada por Resolución de la Asamblea General, 8 de septiembre de 2000, disponible en http://www.un.org/spanish/milenio/ares552.pdf, acceso en 24 de octubre de 2017.
DÍEZ DE VELASCO, Manuel. Instituciones de Derecho Internacional Público. 8ª. Edición. Madrid: Ed. Tecnos, 1988, p. 91.
El futuro que queremos. Declaración Final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible. Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, A/RES/66/288, disponible en http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=A/RES/66/288, acceso en 15 de marzo de 2018.
Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, adoptado el 26 de junio de 1945, artículo 38.
Estrategia Europea en favor del desarrollo sostenible, COM (2001) 264 final, revisada en 2005, COM (2005) 658 final.
Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, COM (2010) 2020 final.
FITZMAURICE, Malgosia. International Protection of theEnvironment. Recueil des Cours de l’ Académie de Droit International, Tomo 293, 2001, Martinus Nijhoff Publishers, La Haya, 2002, p. 47.
FLORÍN, Raymond. Desarrollo sostenible: el diagnóstico de la problemática. Economía del Medio Ambiente en América Latina. VARAS, Juan Ignacio (editor), México, 1999, pp. 307 y ss.
GARCÍA DE ENTERRÍA, Eduardo y FERNÁNDEZ, Tomás Ramón. Curso de Derecho Administrativo. 15 edición, Madrid: Ed. Civitas, 1993, p. 85
Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050, Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, COMO (2011) 112 final.
LARENZ, Karl. Derecho Justo. Fundamentos de ética jurídica. Trad. L. Díez Picazo, Madrid: Ed. Civitas, 1985, p. 48.
LÓPEZ BASSOLS, Hermilo. Caso concerniente al proyecto Gabcíkovo-Nagymaros. Lex Tantum - Anuario de la Escuela de Derecho de la Universidad Anáhuac de Xalapa, vol.1, núm.1, marzo 2004, Xalapa, México, p. 88.
LÓPEZ- BASSOLS, Hermilo. Los Nuevos Desarrollos del Derecho Internacional Púbico y Casos Prácticos de Derecho Internacional. México: Editorial Porrúa, 2008, p. 48.
MANTECA VALDELANDE, Víctor. Política de Medio Ambiente en la Unión Europea. Noticias de la Unión Europea, n° 223, 2003, n° 224, 2003.
MARTÍN MATEO, Ramón. Tratado de Derecho Ambiental, op. cit., p. 442.
MORENO PLATA, Miguel. Génesis, evolución y tendencias del principio de sostenibilidad en el derecho del Medio Ambiente. Tesis Doctoral, Facultad de derecho, Universidad de Alicante, Alicante, 2008, p. 319.
OECD, Environmental Outlook to 2030, París, 2008
Propuesta modificada de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la revisión del Programa Comunitario de política y actuación en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible. COM (96), 648 Final. DOCE C 138 de 17.5 1993.
ROMI, Raphäel. La constitutionnalisation des principes du droitdel’environnement: de la grandeur à la mesquinnerie? Lescontours du rapport Coppens. Droit de l´environnement, n° 109, juin, 2003, Victoires Editions, France, p. 114.
ROTA, Demetrio Loperena. Los principios del derecho ambiental. Madrid: Ed. Civitas, 1998, p. 3.
SEARA VÁZQUEZ, Modesto. Derecho Internacional Público. 25ª. edición, México: Editorial Porrúa, 2016, p. 79.
SEPÚLVEDA, César. Derecho Internacional. México: Editorial Porrúa, 2002, p. 104.
SORENSEN, Max. Manual de Derecho Internacional Público. 1ª edición, México: Fondo de Cultura Económica, 1973.
Tratado de la Unión Europea, Maastricht, 7 de febrero de 1992, disponible en http://eur-lex.europa. eu/es/treaties/dat/11992M/htm/11992M.html, acceso en 24 de octubre de 2011.
VERDROSS, Alfred. Derecho Internacional Público. Traducido por Truyol y Serra, Antonio. Madrid: Editorial Aguilar, 1974, p. 98.
VII Programa General de Acción de la Unión en materia de medio ambienta hasta 2020, “Vivir bien, respetando los límites de nuestro Planeta, Diario Oficial de la Unión Europea L 354 de 28 de diciembre de 2013.
WACKERNAGEL, Mathis y RESS, William. Our Ecological Footprint. Reducing Human Impact on the Earth. New Society Publishers, Gabriola Island, Bc and Philadelphia, PA, 2000, pp. 132 y ss.
Downloads
Published
Issue
Section
License
Autores que publicam nesta revista concordam com os seguintes termos:
- Autores mantêm os direitos autorais e concedem à Revista NOMOS o direito de primeira publicação, com o trabalho simultaneamente licenciado sob a Creative Commons Attribution License, que permite o compartilhamento do trabalho com reconhecimento da autoria do trabalho e publicação inicial nesta revista.
- Autores têm autorização para assumir contratos adicionais separadamente, para distribuição não-exclusiva da versão do trabalho publicada nesta revista (ex.: publicar em repositório institucional ou como capítulo de livro), com reconhecimento de autoria e publicação inicial nesta revista.
- Autores têm permissão e são estimulados a publicar e distribuir seu trabalho online (ex.: em repositórios institucionais ou na sua página pessoal) a qualquer ponto antes ou durante o processo editorial, já que isso pode gerar alterações produtivas, bem como aumentar o impacto e a citação do trabalho publicado.
- Autores são responsáveis pelo conteúdo constante no manuscrito publicado na revista.